ERTE COVID-19
Actualizado el 19-enero-2021
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IMPORTANTE 4º Actualización COVID-19
ACTUALIZACIÓN Bonificaciones ERTE
La última actualización del programa contempla lo siguiente:
1 – Bases I.T. superior al máximo al enviar por SILTRA.
2 – Ajustes ERTES para el mes de febrero 2021 ( 28 días) para los trabajadores mensuales.
3 – Nueva forma introducción Bonificaciones de ERTE.
Debido a todas las variantes respecto a las bonificaciones de los ERTE, ya no se introducen las bonificaciones en la ficha del trabajadorero.
Por eso a aprtir de ahora las bonificaciones que no son por ERTE se seguiran introduciendo donde siempre y las BONIFICACIONES de ERTE se mete el % bonificado a nivel de INCIDENCIAS.
Ejemplo:
IMPORTANTE 3º Actualización COVID-19
ACTUALIZACIÓN R.D-Ley 30/2020 y Boletines 18/200 y 19/2020
Para más información consulte los boletines publicados por el Gobierno.
Leer Boletón Noticias Red 18/2020
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Leer Boletón Noticias Red 19/2020
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IMPORTANTE: Leer resumen última actualización:
- Fichero de afiliciación: Han modificado la estructura del fichero y el programa se ha adaptado creando nuevos tipos de inactividad acorde a la nueva Ley.
- Nuevas exoneraciones – bonificaciones debido a la prórroga de los ERTEs hasta el 31 de enero del 2021.
Nuevas Exoneraciones – Bonificaciones:
El Gobierno ha aprobado la prórroga de los Ertes hasta el próximo 31 de enero. En esta ocasión se diferencian tres tipos de ERTE, dependiendo sobre todo del sector al que pertenezca la empresa y las circunstancias que obliguen o determinen la paralización o disminución de su actividad laboral.
ERTE por impedimento de la actividad:
Destinado a las empresas que vean impedido y suspendido el desarrollo de su actividad en alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de nuevas medidas adoptadas a partir del 1 de octubre de 2020. Este tipo de ERTE iría destinado por ejemplo a un negocio que tenga que cesar su actividad al encontrarse en una zona en la que se aplican restricciones.
- Exoneración del 100% de las cuotas si la empresa tiene menos de 50 trabajadores.
- Exoneración del 90% si tiene 50 trabajadores o más
ERTE por impedimento de la actividad:
Apropiado para empresas y entidades de cualquier sector o actividad que vean limitado el desarrollo normalizado de su actividad a consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por las autoridades españolas. Afecta sobre todo al ocio nocturno y la hostelería. Por ejemplo, sería el ideal para un restaurante que por estar en zona restringida sólo puede atender al 50% de los clientes. Estas exoneraciones varían cada mes.
- Exoneración para Octubre 2020: 100% (menos de 50 trabajadores), 90 % para 50 o más.
- Exoneración para Noviembre 2020: 90% (menos de 50 trabajadores), 80 % para 50 o más.
- Exoneración para Diciembre 2020: 85% (menos de 50 trabajadores), 75 % para 50 o más.
- Exoneración para Enero 2021: 80% (menos de 50 trabajadores), 70 % para 50 o más.
ERTE por sectores específicos:
Destinado a empresas y trabajadores especialmente afectados por la pandemia por pertenecer a sectores con una elevada tasa de cobertura de ERTEs y una reducida tasa de recuperación de la actividad.
IMPORTANTE: Leer boletín NR 19/2020, adjuntado arriba, donde viene a quien afecta y la lista de CNAES.
- Exoneración del 85% de las cuotas si la empresa tiene menos de 50 trabajadores.
- Exoneración del 75% si tiene 50 trabajadores o más
Se han creado 12 bonificaciones nuevas (5100, 5090, 5110, 5190, 5185, 5180, 5290, 5280, 5275, 5270, 5385, 5375), en el siguiente esquema se pone un resumen y entre paréntesis se indica el código de bonificación aplicar. Las bonificaciones la se crean automáticamente al poner la actualización.
Tabla resumen Exoneraciones / Bonificaciones
Impedimento:
Empresas menos de 50 trabajadores | 100 % (5100) |
Empresas 50 trabajadores o más | 90 % (5090) |
Limitaciones:
Octubre | Noviembre | Diciembre | Enero 2021 | |
Empresas menos de 50 trabajadores | 100% (5110) | 90% (5190) | 85% (5185) | 80% (5180) |
Empresas 50 trabajadores o más | 90% (5290) | 80% (5280) | 75% (5275) | 70% (5270) |
Sectores o CNAEs:
Empresas menos de 50 trabajadores | 85% (5385) |
Empresas 50 trabajadores o más | 75% (5375) |
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IMPORTANTE: 2º ACTUALIZACIÓN COVID-19
ADAPTACIONES DEL PROGRAMA DE NOMINA A LOS ÚLTIMOS BOLETINES
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EREs PARCIALES:
Nómina Gratis está preparado para realizar EREs parciales. A la hora de meter las incidencias, podemos poner si es TOTAL o parcial:
Y si es ERTE PACIAL hay que meter el % de ERTE en la ficha del trabajador en la pestaña de I.T. situación especial. También deben estar metidas las bases de cotización para el desempleo
NUEVA PARTICIÓN DE TRAMOS ( Boletín 7 / 2020 )
( El usuario no tiene que hacer nada )
La TGSS ha modificado la partición de tramos de SILTRA en la IT por enfermedad (peculiaridad 21,26), por lo que hemos adaptado el programa para que lo haga automáticamente.
Texto del boletín:
NUEVOS VALORES TIPOS DE INACTIVIDAD DE AFILIACIÓN ( Boletín 11 / 2020 )
IMPORTANTE: El usuario tiene que notificar a la TGSS por afiliación para cada trabajador, los valores R o S, sino no se aplican las nuevas bonificaciones que explicamos luego. Explicamos que situación es la R y S:
La TGSS ha implementado dos nuevos valores R y S, para los Ertes, esto se usa para notificar la TGSS con movimientos de afiliación online.
Nuevos valores, texto legal del boletín:
El Valor R -TRAB.ACTIVO TOTAL PROC.SUSP.ERE.COVID19, se comunicará respecto de las personas trabajadoras que pasen de una situación de suspensión de su contrato de trabajo o de reducción de jornada, por figurar incluidos en un ERTE regulado por el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, a una situación de actividad total conforme a su contrato de trabajo. Se aplicará, en consecuencia, tanto a trabajadores contratados a tiempo completo como a trabajadores a tiempo parcial, siempre y cuando hayan reiniciado su actividad completamente.
El Valor S -TRAB.ACTIVO PARCIAL PROC.SUSP.ERE.COVID19, se comunicará respecto de las personas trabajadoras que pasen de una situación de suspensión de su contrato de trabajo o de reducción de jornada, por figurar incluidos en un ERTE regulado por el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, a una situación de actividad parcial en relación a la jornada de trabajo conforme a su contrato de trabajo.
Valores que se usan en los ertes:
NUEVAS BONIFICACIONES INCORPORACIONES A LA ACTIVIDAD DESPUES DEL ERTE ( PARA LOS DE FUERZA MAYOR )
Texto legal:
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de medidas sociales en defensa del empleo. En concreto, el Gobierno ha ratificado el Acuerdo Social que firmaron ayer varios miembros del Ejecutivo y los agentes sociales por el que se adaptan las condiciones de los trabajadores incluidos en Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) a la desescalada. En dicho acuerdo, se incluyen nuevos incentivos de la Seguridad Social para la reincorporación al mercado laboral de los trabajadores en estos expedientes a través de exoneraciones en las cotizaciones sociales.
En el acuerdo se crea una nueva categoría de ERTE para las empresas que puedan reiniciar su actividad, denominado “de fuerza mayor parcial”, que durará hasta el próximo 30 de junio. Durante este periodo, las empresas pueden combinar trabajadores en actividad y suspendidos y por todos ellos quedarán exoneradas del abono de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.
Para incentivar la reincorporación a los puestos de trabajo del máximo número posible de trabajadores en ERTE, las exenciones serán mayores para los empleados que regresen a la actividad que para quienes continúen suspendidos. En concreto, las empresas de menos de 50 empleados tendrán una exención de cotizaciones del 85% en las cotizaciones devengadas en el mes de mayo y del 70% en las devengadas en junio para los trabajadores que retomen la actividad. Para los que continúen suspendidos, también habrá exoneración, pero será menor: del 60% para las cotizaciones devengadas en mayo y del 45% para las de junio.
En el caso de las empresas de 50 o más trabajadores, la exención para los empleados que se reincorporen será del 60% y del 45% para las cotizaciones devengadas en mayo y junio, respectivamente. Para los trabajadores que no se reincorporen, la rebaja será del 45% en mayo y del 30% en junio.
Para aquellas empresas que no puedan retomar la actividad y se encuentren en situación de ERTE de fuerza mayor total se mantienen las exenciones previstas hasta el 30 de junio. La exoneración de cuotas devengadas en los meses de mayo y junio, así como las cuotas por recaudación conjunta, será del 100% para aquellas empresas que tuvieran menos de 50 trabajadores y del 75% para aquellas cuya plantilla sea igual o superior a los 50.
Las medidas estarán vigentes hasta el 30 de junio, pero se podrá establecer una prórroga de los expedientes de regulación de empleo en atención a las restricciones de la actividad vinculadas a razones sanitarias, previo acuerdo del Consejo de Ministros.
IMPORTANTE: Como proceder de cara al programa
Hemos creado varias bonificaciones en función de cada caso, y es el usuario el que tiene que meter en cada trabajador la bonificación que considere según el caso. Al ejecutar el * fichero SQL (puede descargarlo aquí) ya se crean las bonificaciones para que el usuario no tenga que darlas de alta en el mantenimiento de bonificaciones. Lo que si tienes que hacer es asignarla a cada trabajador.
A continuación se explica los casos posibles y el código de bonificación que se ha creado.
En el código de bonificación, los dos último dígitos marcan el % para ayudar un poco a la ahora de meterlas en el trabajador
Empresas de menos de 50 trabajadores
- Si se mantienen en el ERTE, se mantiene la bonificación anterior del 100%
- Si retoman la actividad de uno o varios trabajadores aunque sea pasándolos a ERTE parcial
Para el mes de MAYO
- Trabajador que empieza a trabajar – > 85% (código 6085)
- Trabajador que continua en ERTE -> 60% (código 6060)
Para el mes de JUNIO:
- Trabajador que empieza a trabajar – > 70% (código 7070)
- Trabajador que continua en ERTE -> 45% (código 7045)
Empresas de 50 o más trabajadores
- Si se mantienen en el ERTE, se mantiene la bonificación anterior del 75%
- Si retoman la actividad de uno o varios trabajadores aunque sea pasándolos a ERTE parcial
Para el mes de MAYO:
- Trabajador que empieza a trabajar – > 60% (código 8060)
- Trabajador que continua en ERTE -> 45% (código 8045)
Para el mes de JUNIO:
- Trabajador que empieza a trabajar – > 45% (código 9045)
- Trabajador que continua en ERTE -> 30% (código 9030)
IMPORTANTE: Para asignársela al trabajador (lo tiene que hacer el usuario)
Cada usuario tiene que asignar a cada trabajador las bonificaciones correspondientes con los códigos creados y comprobar y validar que le corresponde esa bonificación. Esto se hace en la ficha del trabajador en el icono de bonificación (parte derecha).
IMPORTANTE:
En estos ejemplos pone los casos y que bonificaciones meter:
Este mes vamos a meter lo de mayo ya que en junio puede cambiar la situación de cada trabajador.
Puede a ver tres casos: ( Ejemplo empresa que reanuda la actividad el día 13/05/2020
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- EJEMPLO 1: Trabajadores que siguen en ERTE: Su situación no cambia en mayo pero en la empresa hay algún trabajador que ha empezado a trabajar.
Se cierra la bonificación 7777 o la 8888 la que tengamos, el día antes de reanudar la actividad. La bonificación se meten desde el día de inicio de actividad hasta el 31 de mayo.
EMPRESA DE MENOS DE 50 TRABAJADORES:
EMPRESA DE 50 TRABAJADORES O MÁS:
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- EJEMPLO 2: Trabajador que empieza a trabajar pero con ERTE parcial ( es decir, pasa de un total a un parcial ), va a tener tres bonificaciones.
Se cierra la bonificación 7777 o la 8888 la que tengamos, el dia antes de reanudar la actividad. Y el resto de bonificaciones se emten desde el día de inicio de actividad hasta el 31 de mayo.
EMPRESA DE MENOS DE 50 TRABAJADORES:
EMPRESA DE 50 TRABAJADORES O MÁS:
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- EJEMPLO 3: Trabajadores que empiezan a trabajar y ya no tiene ERTE ni parcial ni total:
Se cierra la bonificación 7777 o la 8888 la que tengamos, el día antes de reanudar la actividad. Y la bonificación siguiente se mete desde el día 1 de mayo hasta el 31 de mayo.
EMPRESA DE MENOS DE 50 TRABAJADORES:
EMPRESA DE 50 TRABAJADORES O MÁS:
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1º ACTUALIZACIÓN COVID-19 ( 02-abril-2020 )
PASOS A REALIZAR ERTE TOTAL ESPECIAL COVID-19
Una vez que nos hayan aprobado el ERTE TOTAL (cada cliente tiene que entregar la documentación necesaria para solicitarlo, esa documentación es a parte del programa de nómina).
También hay que llamar a la TGSS para que nos indiquen, como podemos rellenar en ONLINE la base reguladora de los 180 días de cada trabajador para que paguen la prestación, y como indicar el comienzo del ERTE por afiliación. Vamos a indicar de cara a la confección de la nómina los pasos a realizar:
PASO 1: Crear la bonificación
Por su parte, con el objetivo de aligerar los costes en los que incurren las empresas, en los casos de fuerza mayor regulados en este real decreto-ley, otra de las novedades incorporadas, es la exoneración a las empresas del pago del 75 % de la aportación empresarial a la Seguridad Social alcanzando dicha exoneración el 100 % de la cuota cuando se trate de empresas de menos de 50 trabajadores, siempre que éstas se comprometan a mantener el empleo.
Para poder aplicar la bonificación hay que crearla con el % que nos corresponda, el 100% o el 75% depende del texto legal que he puesto arriba. Esto se hace en parámetros, seguridad social, bonificaciones. Darla de alta igual que pone en la pantalla con el código 7777. El Porcentaje depende de lo que nos corresponda.
PASO 2: Introducción de la base reguladora diaria
En cada ficha del trabajador introducir la base para la cotización del ERTE, es la media de los 180 últimos días al inicio del ERTE.
Ir la ficha de cada trabajador y abajo en el icono It / Situación especial
PASO 3: Introducción de los días de ERTE
En Procesos Nómina > Cálculos > Incidencias > Incidencias del Mes, procedemos a introducir los días de ERTE.
Realizando estos pasos ya podrá calcular la nómina