Conceptos

Conceptos Salariales

Actualizado el 22-enero-2018

En este mantenimiento se dan de altas los conceptos salariales, que utilizaremos en los procesos de nómina.

El fichero de conceptos es único para toda la aplicación. Existe una serie de conceptos que no hay que informar, que ya existen y son internos del programa:

• Conceptos por prestaciones de I.T.

• Deducciones por cotización del trabajador (contingencias comunes, accidentes de trabajo y horas extras).

• Deducciones por cotización al IRPF.

 

Para acceder a este mantenimiento seleccione y aparecerá la siguiente ventana:

 

Para crear un concepto, pulsaremos el siguiente icono y a continuación nos preguntará la siguiente información:

Código: Es un número (del 1 al 4.999) de concepto, con el cual nos referiremos en los procesos. Una vez dado de alta, éste no puede ser cambiado de código. Pulsar Enter. ***Nota: Los conceptos con códigos superior al 5.000 son internos de la aplicación y no se deben borrar ni modificar.

Descripción Ampliada: Es la descripción del concepto que luego se imprimirá en los recibos de nómina. Es su denominación.

Descripción 2º Idioma: Es la descripción en un segundo idioma del concepto que luego se podrá o no imprimir en los recibos. No implementado.

Descripción Reducida: Es una descripción que aparecerá en aquellos mantenimientos que requieran el fichero de conceptos.

 

Devengo

Familia de concepto: Indicamos como se va a comportar el concepto. En función de la familia a la que pertenece el programa pedirá unos datos u otros y además los tipos de cálculo variarán. Muy importante su correcta definición. Sus valores son:

General: Salario base, pluses, etc.

Antigüedad: El concepto es una antigüedad.

Vacaciones: El concepto es de vacaciones.

Es a Cuenta del Convenio: El concepto lo usamos como pago a cuenta del convenio hasta que se publique el convenio.

Es una Garantía Salarial: El concepto lo usamos como complemento para llegar a un importe garantizado (bruto o líquido) en los recibos de nómina.

Es una Indemnización: El concepto lo usamos como indemnización de fin de contrato.

Artículo 68: El concepto lo usamos como para pagar las prestaciones de I.T. para los 3 primeros días de baja por enfermedad.

Complementos I.T: El concepto lo usamos para complementar las bajas de I.T.

Es una Paga Extra: El concepto lo vamos a usar como paga extraordinaria.

Subfamilia: Sólo hay dos familias de conceptos que se desglosan en subfamilias: Complementos I.T. y Pagas Extras.

En el caso de los Complemento en situaciones de I.T. deberemos indicar la subfamilia, en éste caso que complemento es y sí es el primer o segundo período a complementar.

 

En el caso de las Pagas Extras deberemos indicar la subfamilia, en éste caso, que paga es: verano, navidad, etc.

Tratamiento especial: indicamos si el concepto tiene o no alguna peculiaridad para el programa de cálculo de las nóminas. Sus valores son:

Ninguno.

Dietas exentas hasta el 20% del I.P.R.E.M: En la pestaña de Descuentos y Cotizaciones indicaremos a que grupo de exención pertenece.

Sólo para Incrementar las Bases de Cotización: Cuando un concepto sólo queremos que sume su importe al de las bases de cotización por Contingencias Comunes y Accidentes de Trabajo.

Sólo para Impresión: Para aquellos conceptos que no intervienen en la nómina, pero si queremos que se impriman como un dato informativo.

Cuota Autónomos a Sumar a la Cuota de Seguridad Social: Cuando el concepto es la cuota de autónomos y queremos que incremente las cuotas de Seguridad Social con el importe del concepto.

Sólo interviene en Pagas Extras: El concepto sólo funciona en los procesos de las Pagas Extras y no en los del mes.

Sólo para sumar a las Prorratas: El concepto únicamente servirá para sumar su importe a la prorrata de las nóminas mensuales.

Si la Familia del Concepto es Paga Extra, en tratamiento especial tiene estas otras opciones:

A Pagar en la Fecha de Pago: La paga se devenga en el mes de pago (julio, diciembre, etc.).

A Pagar en el Mes: La paga se devenga prorrateada junto con la nómina mensual.

Forma de cálculo: Indicamos como se va a calcular el concepto. Dependiendo de la familia del concepto variará la forma de cálculo. El cálculo de nóminas tomará la forma de cálculo de los conceptos contenidos en el fichero de trabajadores.

Dependiendo de lo que hayamos seleccionado en “Familia de Concepto” nos saldrán diversas opciones en “Forma de Cálculo”.

General

 

 

• 0 = Importe Fijo Mensual Sin Prorratear. El importe del concepto se devenga por su totalidad, independientemente de sus días de alta, situaciones IT, etc. Por ejemplo dietas o gastos fijos.

• 1 = Importe Mensual / 30 * Días Trabajados: El importe (mensual) se divide entre 30 y se multiplica por los días de trabajados (nunca superior a 30). Días trabajados son los días naturales del mes excepto días IT, Faltas, Huelgas, Desempleo, Ausencias, Vacaciones, etc.

• 2 = Importe Mensual / Días Mes * Días Trabajados. El importe (mensual) se divide entre los días naturales del mes y se multiplica por los días trabajados. Días trabajados son los días naturales del mes excepto días IT, Faltas, Huelgas, Desempleo, Ausencias, Vacaciones, etc.

• 3 = Importe por Día Natural. El importe (el de un día) se multiplica por los días trabajados en el mes.

• 4 = Importe por Día Laboral de Lunes a Sábados – Festivos. El importe (el de un día) se multiplica por los días laborales (de asistencia al trabajo) del mes comprendidos de lunes a sábado, restando los días festivos comprendidos entre el lunes y sábado.

• 5 = Importe por Día Laboral de Lunes a Viernes – Festivos. El importe (el de un día) se multiplica por los días laborales (de asistencia al trabajo) del mes comprendidos de lunes a viernes, restando los días festivos comprendidos entre el lunes y viernes.

• 6 = Importe por Día Laboral de Lunes a Sábados + Festivos. El importe (el de un día) se multiplica por los días laborales (de asistencia) del mes comprendidos de lunes a sábado, incluyendo los días festivos.

• 7 = Importe por Día Laboral de Lunes a Viernes + Festivos. El importe (el de un día) se multiplica por los días laborales (de asistencia) del mes comprendidos de lunes a viernes, incluyendo los días festivos.

• 8 = Importe por Día Laboral Específico – Festivos. El importe (el de un día) se multiplica por los días laborales (de asistencia) que tiene marcado el concepto en la ficha del trabajador, excluyendo los días festivos.

• 9 = Importe por Día Laboral Específico + Festivos. El importe (el de un día) se multiplica por los días laborales (de asistencia) que tiene marcado el concepto en la ficha del trabajador, incluyendo los días festivos.

• 10 = Importe Mes Laboral. El importe (mensual) se divide entre las horas laborales del mes y se multiplica por las efectivamente trabajadas.

• 11 = Importe por Hora. El importe (el de una hora) se multiplica por las horas efectivamente trabajadas.

• 12 = Importe por Horas Medias. Sólo para versión cooperativas.

• 13 = Importe por Día Festivo. El importe (el de un día) se multiplica por los días festivos del mes. 35

• 14 = Importe por Cantidad. El importe se multiplica por la cantidad. Dicha cantidad estará en el campo “cantidad” de ese concepto en el fichero de trabajadores o en el fichero de incidencias para ese concepto.

• 15 = Formulas. El importe se obtiene en base a una fórmula. No disponible.

• 16 = Importe por Días de Desempleo. El importe (el de un día) se multiplica por los días de desempleo en el mes.

• 17 = Importe por Domingo. El importe (el de un domingo) se multiplica por los domingos trabajados del mes.

• 18 = Importe por Hora de Domingo. El importe (el de una hora) se multiplica por el número de horas trabajadas los domingos del mes.

Antigüedad

1 = % Sobre Conceptos: Se calcula multiplicando el % de antigüedad del trabajador por el importe de los conceptos que intervienen en la antigüedad, es decir aquellos que tienen marcado el campo “interviene en el cálculo de antigüedad”.

2 = % Sobre Base Diaria: Se calcula multiplicando el % de antigüedad del trabajador por el importe diario por el número de días trabajados.

3 = % Sobre Base Mensual: Se calcula multiplicando el % de antigüedad del trabajador por el importe mensual.

4 = Base Diaria por Unidades de Antigüedad: Se calcula multiplicando el importe diario de antigüedad por el número de unidades de antigüedad por el número de días trabajados.

5 = Base Mensual por Unidades de Antigüedad: Se calcula multiplicando el importe mensual de antigüedad por el número de unidades de antigüedad.

Vacaciones

1 = Sobre Conceptos: Se calcula según el importe de los conceptos que intervienen en las vacaciones, es decir aquellos que tienen marcado el campo “interviene en el cálculo de vacaciones”. Dicho importe se convierte a dia y se multiplica por el número de días de vacaciones.

2 = Base Diaria: Se calcula multiplicando la cantidad diaria por el número de días de vacaciones.

3 = Base Mes: La base mes se divide entre 30 y se multiplica el número de días de vacaciones.

4 = Base Diaria + Antigüedad: Se calcula multiplicando el importe diario (de vacaciones más la antigüedad) por el número de días de vacaciones.

5 = Base Mensual + Antigüedad: La base mensual se divide entre 30, se le añade el valor diario de antigüedad y se multiplica el número de días de vacaciones.

6 = Base Diaria + % Antigüedad s/Vacaciones: Se calcula multiplicando la cantidad diaria por el número de días de vacaciones. El resultado se incrementa con el % de antigüedad.

7 = Base Mensual + % Antigüedad s/Vacaciones: La base mensual se divide entre 30 y se multiplica el número de días de vacaciones. El resultado se incrementa con el % de antigüedad.

Es a cuenta del Convenio

1 = % Sobre Conceptos: Se calcula multiplicando el % a pagar a cuenta del convenio por el importe de los conceptos que intervienen en a cuenta de convenio, es decir aquellos que tienen marcado el campo “pagar % a cuenta de convenio de este concepto”.

2 = % Sobre Base Diaria: Se calcula multiplicando el % a pagar a cuenta del convenio del trabajador por el importe diario por el número de días de alta.

3 = % Sobre Base Mensual: Se calcula multiplicando el % a pagar a cuenta del convenio del trabajador por el importe mensual.

4 = Base Diaria por Dias Naturales: Se calcula multiplicando el importe diario por el número de días de alta.

5 = Base Mensual por Días Naturales: La base mes se divide entre 30 y se multiplica el número de días de alta.

Es una Garantia Salarial

0 = Bruto Diario: Se calcula multiplicando el importe diario bruto o devengado que queremos que cobre el trabajador por el número de días trabajados.

1 = Bruto Mensual: El importe bruto o devengado que queremos que cobre el trabajador se divide entre 30 y se multiplica por los días trabajados.

2 = Líquido Diario: Se calcula multiplicando el importe diario líquido o neto que queremos que cobre el trabajador por el número de días trabajados.

3 = Líquido Mensual: El importe líquido o neto que queremos que cobre el trabajador se divide entre 30 y se multiplica por los días trabajados.

***Nota Días trabajados son los días naturales del mes excepto días IT, Faltas, Huelgas, Desempleo, Ausencias, Vacaciones, etc.

Es una Indemnización

0 = Sobre Conceptos: La indemnización se calcula multiplicando el importe diario bruto o devengado que queremos que cobre el trabajador por el número de días de alta.

1 = Remuneración + Prorratas.

2 = % Sobre Salario Devengado.

Pagas Extra

0 = Importe Fijo Sin Prorrateo: El importe que figura como paga extra se devenga en su totalidad, sin prorratear en función de los días de alta, ni descontando días de ausencia.

1 = Sobre Conceptos: La paga extra se calcula según el importe de los conceptos que intervienen en la propia paga, es decir aquellos que tienen marcado el campo “paga de verano, navidad, etc.” en la pestaña de Pagas Extras. Dicho importe se convierte a diario y se multiplica por el número de días de devengo de la paga correspondiente.

2 = Importe Paga: El importe de la paga extra se divide entre los días de devengo de la paga extra correspondiente y se multiplica por el número de días de devengo que le corresponden al trabajador. 37

3 = Importe Paga + Antigüedad: El importe de la paga extra se incrementa con el importe de antigüedad del trabajador, luego se divide entre los días de devengo de la paga extra correspondiente y se multiplica por el número de días de devengo que le corresponden al trabajador.

4 = Importe Paga + % Antigüedad s/ Paga: El importe de la paga extra se incrementa con el porcentaje de antigüedad del trabajador, luego se divide entre los días de devengo de la paga extra correspondiente y se multiplica por el número de días de devengo que le corresponden al trabajador.

5 = Acumulado s/ Prorrata Mensual: El importe de la paga extra se obtiene por la suma de la prorrata cotizada en las nóminas. No disponible.

6 = Importe Paga + Conceptos: El importe de la paga extra se incrementa con el importe de aquellos conceptos que intervienen en la propia paga, es decir aquellos que tienen marcado el campo “paga de verano, navidad, etc.” en la pestaña de Pagas Extras. No disponible.

Una vez seleccionada la Forma de Calculo pasamos al siguiente apartado:

Es un Devengo: Indicaremos si el concepto salarial es un devengo, es decir que suma al total devengado de la nómina.

Es una Deducción: Indicaremos si el concepto salarial es una deducción, es decir que suma al total deducciones de la nómina. Si en una deducción nos pedirá de que tipo:

Ninguna:

Es un Anticipo:

Es una Deducción en Especie:

Es un Préstamo:

Es una Retención Judicial: Sólo para embargos. El programa calculará automáticamente la cantidad a retener en función de los salarios mínimos y porcentajes que marca la ley. Sólo aplicable para las nóminas mensuales.

Prorratear en Jornada Reducida: Indicaremos si en los casos de trabajadores con reducción de jornada si deseamos o no prorratear el importe en función del porcentaje de reducción de jornada.

***Nota Por ejemplo trabajador con 50% de reducción de jornada y 1.000 euros de Salario Base. Si el concepto de Salario Base tiene marcado éste campo le pagará 500 euros, en caso contrario la pagará 1.000 euros.

Forma Parte de la Antigüedad: Indicaremos si el concepto forma parte de la antigüedad. Por ejemplo cuando la antigüedad es un porcentaje del salario base marcaremos al concepto de salario base en éste campo.

Forma Parte de Cuenta de Convenio: Marcaremos esta opción si del concepto en el que estamos deseamos pagar un % a cuenta hasta que salga el nuevo Convenio.

Forma Parte de las Vacaciones: Indicaremos en éste campo los conceptos que se van a pagar a los trabajadores en los períodos de vacaciones cuando éstas se pagan por conceptos.

Forma parte del Artículo 68: Indicaremos en éste campo los conceptos que se van a pagar a los trabajadores en los tres primeros días de la 1ª baja por I.T. de enfermedad.

Se Garantiza en el Complemento por Enfermedad: Indicaremos en éste campo los conceptos que se van a garantizar a los trabajadores, como si hubieran estado de alta, en las bajas de I.T. por enfermedad.

Se Garantiza en el Complemento por Accidentes: Indicaremos en éste campo los conceptos que se van a garantizar o complementar a los trabajadores (como si hubieran estado de alta) en las bajas de I.T. por accidente laboral.

Se Garantiza en el Complemento por Maternidad: Indicaremos en éste campo los conceptos que se van a garantizar o complementar a los trabajadores (como si hubieran estado de alta) en las bajas de I.T. por maternidad.

Está Incluido en la Garantía Salarial (Netos-Brutos): Indicaremos en éste campo los conceptos que se van a absorber en las garantías salariales de líquidos o brutos. En caso de tener una garantía salarial líquida, el concepto de garantía salarial tiene que tener marcado éste campo.

Forma Parte de la Indemnización: Marcaremos éste campo cuando el concepto forme parte de la indemnización cuando ésta se pague por conceptos.

Hacer Atrasos de éste Concepto: Indicaremos en éste campo si del concepto se van a hacer atrasos por diferencias de convenio. El cálculo de atrasos se saltará todos aquellos conceptos que no tengan marcados en éste campo.

Imprimir en Recibo: Marcaremos en los campos de cantidad, importe y total los que queremos que nos imprima en el recibo de la nómina, tanto para los trabajadores con consideración de empleados como obreros.

 

Ahora pasamos a Descuentos y Cotizaciones:

 

Seguridad Social:

Aquí indicaremos como actúa el concepto en el cálculo de la nómina respecto a las cotizaciones a la Seguridad Social:

Cotiza a Contingencias Comunes: Indicaremos si el concepto cotiza o no a la Seguridad Social, es decir que forma parte de la base de contingencias comunes.

Cotiza a Accidentes de Trabajo: Indicaremos si el concepto cotiza o no a Accidentes de Trabajo, es decir que forma parte de la base de contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Cotiza a Horas Extras por Fuerza Mayor: Indicaremos si el concepto cotiza o no a la base adicional por horas extras por fuerza mayor.

Cotiza a Otras Horas Extras: Indicaremos si el concepto cotiza o no a la base adicional por otras horas extras.

 

Hacienda:

Aquí indicaremos que tratamiento tiene el concepto respecto al IRPF.

Código: Indicaremos con que código interno relacionamos al concepto para su tratamiento según el I.R.P.F. con las claves de Hacienda. Los códigos habituales son:

5120: Clave A (empleados por cuenta ajena).

5135: Clave L, subclave 01 (dietas y gastos de viaje).

5139: Clave L, subclave 05 (indemnizaciones exentas)

*** Importante: poniendo un 0 el concepto no se trata en los procesos de Hacienda, es decir, no existe para Hacienda.

Tipo de Retribución: Indicaremos el tratamiento fiscal del rendimiento.

Dinerarias.

En Especie: Además indicaremos si el ingreso a cuenta es efectuado o repercutido, para su posterior tratamiento a nivel de Hacienda ( 10T, 190, etc).

Irregulares.

Devengo Fijo o Variable: Indicaremos la regularidad del concepto para el cálculo de la asignación del porcentaje de retención según la normativa de I.R.P.F.:

0 = Fijo o regular: Por ejemplo el salario base, antigüedad, etc.

1 = Variable: Es decir que son cantidades variables en el tiempo y cantidad, por ejemplo: comisiones, objetivos, horas extras, dietas, etc.

amilia de Concepto” nos saldrán diversas opciones en “Forma de Cálculo”.